Consejos para reforzar la privacidad en WhatsApp

La aplicación de mensajería instantánea WhatsApp es una de las más usadas en la actualidad en España y en el mundo

Este sistema, al descargar la app, permite por defecto que cualquier persona con tu número de teléfono pueda contactar contigo y acceder a cierta información de tu perfil. Esto también implica que puedas recibir mensajes de personas que no conoces o que te incluyan en grupos sin tu consentimiento.

En ocasiones, este acceso puede facilitar, iniciar o agravar situaciones de acoso, ciberacoso, violencia de género, grooming, phishing, ataques de malware u otras prácticas que pueden producirse en el entorno digital. Por ello, es muy recomendable configurar las opciones de privacidad que ofrece el servicio, revisando las que incluye de manera predeterminada.

Te recomendamos seguir estos consejos para prevenir o afrontar estas situaciones en WhatsApp:

Foto y resto de información de tu perfil

WhatsApp permite de manera predeterminada que cualquier usuario pueda ver la foto y la información de tu perfil, así como la última vez que te conectaste. En las opciones de privacidad de tu cuenta puedes elegir quién puede ver esta información: todos los usuarios, tus contactos o nadie. Te recomendamos restringir el acceso a esta información personal, al menos, a tus contactos.

Confirmación de lectura

Esta funcionalidad, que permite saber a otros usuarios si has leído sus mensajes, también está activada por defecto y puede desactivarse a través de los ajustes de privacidad. En ciertas situaciones es recomendable que desactives esta opción, aunque tú tampoco puedas saber si han leído tus mensajes.

Estados

Esta utilidad permite que puedas actualizar tu estado en forma de vídeo o imagen, y que esta pueda ser vista por defecto por todos tus contactos.

¿Realmente quieres que toda tu agenda de contactos pueda ver tus estados? Si no has configurado esta funcionalidad, accede a los ajustes y te sorprenderás de todas las personas que pueden ver tus estados. Te recomendamos que restrinjas o selecciones qué contactos pueden ver esta información.

Grupos

La aplicación también permite por defecto que cualquier usuario pueda incluirte en un grupo de WhatsApp con solo tener tu número de teléfono. Puedes evitar que esto ocurra seleccionando en las opciones de privacidad que solo puedan hacerlo tus contactos o una selección de los mismos.

WhatsApp también te permite reportar un grupo si consideras que están compartiendo contenido inapropiado o spam. Y recuerda que eres libre de salir y eliminar en cualquier momento un chat.

Bloquea y reporta a otros usuarios

Si otro usuario te está molestando puedes bloquearlo para dejar de recibir sus mensajes, llamadas y actualizaciones de estado. Este usuario no podrá ver la última vez que te conectaste, si estás en línea, ni tus estados, incluso si es uno de tus contactos.

Ten en cuenta que si estáis en un mismo grupo podréis seguir viendo vuestros mensajes.

También puede ser útil reportar a otro usuario si consideras que está enviando contenido problemático o spam, para que WhatsApp valore suspender su cuenta. Las condiciones del servicio de WhatsApp incluyen ciertas actividades prohibidas como compartir contenido obsceno, amenazante u ofensivo.

Puedes bloquear y reportar a otro usuario en los ajustes de privacidad de la app o desde el chat de ese contacto. Recuerda que esta acción no borra el contacto de tu agenda del teléfono móvil.

Conoce las herramientas que te ofrece la app en la web de WhatsApp encontrarás información detallada sobre todas las herramientas de control de privacidad que te ofrece la propia aplicación

Fuente: AEPD


Producción gráfica, manipulación, embalaje, el transporte y la entrega de los productos de difusión para campañas de comunicación, Barcelona

El Boletín Oficial de la Unión Europea publica el anuncio de licitación para la producción gráfica, manipulación, embalaje, el transporte y la entrega de los productos de difusión para campañas de comunicación

Breve descripción:
Contrato mixto de suministros y servicios que tiene por objeto la producción gráfica, manipulación, embalaje, el transporte y la entrega de los productos de difusión para campañas y acciones de comunicación.

Valor total estimado
Valor IVA excluido: 2 359 311.69 EUR
Información relativa a los lotes
El contrato está dividido en lotes: sí
Pueden presentarse ofertas para todos los lotes
Lenguas en que pueden presentarse las ofertas o las solicitudes de participación:
Catalán, Español
Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación
Fecha: 17/04/2023
Hora local: 23:59

Contrato mixto de servicio y suministro, mantenimiento, impresión y digitalización del parque de impresoras y equipo multifunción, Sevilla

El Boletín Oficial de la Unión Europea publica el anuncio de licitación para un contrato mixto de servicio y suministro, mantenimiento, impresión y digitalización del parque de impresoras y equipo multifunción

Breve descripción:
Contrato mixto de servicio y suministro, mantenimiento, impresión y digitalización del parque de impresoras y equipo multifunción de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente
La estrategia de la impresión/digitalización acorde a lo demandado por las leyes 39/2015 y 40/2015 de manera que paulatinamente el papel vaya desapareciendo.
Es necesaria la contratación de este servicio ante el hecho de la insuficiencia de medios tecnológicos, necesarios para la realización de los trabajos incluidos en el PPTP.
Valor total estimado
Valor IVA excluido: 324 509.09 EUR
Información relativa a los lotes
El contrato está dividido en lotes: no

Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación

Fecha: 05/05/2023
Hora local: 23:59

Servicio de impresión y ensobrado de notificaciones administrativas, cartas, comunicaciones e impresos, así como la gestión y custodia de acuses de recibo en la Jefatura Central de Tráfico, Madrid

El Diario Oficial de la Unión Europea publica el anuncio de licitación para un servicio de impresión y ensobrado de notificaciones administrativas, cartas, comunicaciones e impresos, así como la gestión y custodia de acuses de recibo en la Jefatura Central de Tráfico

Breve descripción:
Servicio de impresión y ensobrado de notificaciones administrativas, cartas, comunicaciones e impresos, así como la gestión y custodia de acuses de recibo en la Jefatura Central de Tráfico.
Valor total estimado
Valor IVA excluido: 2 200 500.00 EUR
Información relativa a los lotes
El contrato está dividido en lotes: no
Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación
Fecha: 05/05/2023
Hora local: 14:00

 


Cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el año 2023

Esta normativa es consecuencia de la subida del salario mínimo interprofesional, puesto que la base mínima de cotización debe ser actualizada en base al mismo

El Boletín Oficial del Estado nº 77, de fecha 31 de marzo de 2023, publica la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la anterior Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023.
COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL
Régimen general
  • Topes máximo y mínimo de cotización

El tope máximo de la base de cotización al Régimen General de la Seguridad Social será, a partir del 1 de enero de 2023, de 4.495,50 euros mensuales y el tope mínimo será de 1.260,00 euros mensuales.

Además, desde el 1 de enero de 2023, el tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional será equivalente al salario mínimo interprofesional vigente en cada momento, incrementado por el prorrateo de las percepciones de vencimiento superior al mensual que perciba la persona trabajadora, sin que pueda ser inferior a 1.260,00 euros mensuales.

Bases máximas y mínimas de cotización

  • Tipos de cotización

Para las contingencias comunes, el 28,3 por 100, del que el 23,6 por 100 será a cargo de la empresa y el 4,7 por 100 a cargo de la persona trabajadora.

Para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplicarán los tipos de la tarifa de primas establecida en la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, siendo a cargo exclusivo de la empresa.

  • Cotización adicional por horas extraordinarias

La remuneración que obtengan las personas trabajadoras por el concepto de horas extraordinarias queda sujeta a una cotización adicional, que no será computable a efectos de determinar la base reguladora de las prestaciones.

  • Cotización en la situación de pluriempleo

Cuando la persona trabajadora se encuentre en situación de pluriempleo se aplicarán las siguientes normas:

Para las contingencias comunes:

- El tope máximo de las bases de cotización, establecido en 4.495,50 euros, se distribuirá entre todas las empresas en proporción a la remuneración abonada a la persona trabajadora en cada una de ellas.

- Cada una de las empresas cotizará por los conceptos retributivos computables que satisfaga a la persona trabajadora, con el límite que corresponda a la fracción del tope máximo que se le asigne.

- La base mínima se distribuirá entre las distintas empresas y será aplicada para cada una de ellas en forma análoga a la señalada para el tope máximo.

Para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedades profesionales:

- El tope máximo de las bases de cotización, establecido en 4.495,50 euros, se distribuirá entre todas las empresas en proporción a la remuneración abonada a la persona trabajadora en cada una de ellas.

- El tope mínimo de cotización se distribuirá entre las distintas empresas y será aplicado para cada una de ellas, en forma análoga a la señalada para el tope máximo.

- La base de cotización será para cada empresa la que resulte conforme a las normas generales, con los límites que se le hayan asignado, según las normas anteriores.

RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS POR CUENTA PROPIA O PERSONAS AUTÓNOMAS
Bases y tipos de cotización

Desde el 1 de enero de 2023, con independencia de los rendimientos netos obtenidos por las personas trabajadoras por cuenta propia, o personas autónomas, la base máxima de cotización será de 4.495,50 euros mensuales.

Durante el año 2023, la tabla general y la tabla reducida y las bases máximas y mínimas aplicables a los diferentes tramos de rendimientos netos serán las siguientes:

Tipo de cotización:

a) Para las contingencias comunes, el 28,30 por ciento. Cuando, conforme a lo dispuesto en el artículo 315 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se tenga cubierta la incapacidad temporal en otro régimen de la Seguridad Social, se aplicará una reducción en la cuota que correspondería ingresar de acuerdo con el tipo para contingencias comunes equivalente a multiplicar el coeficiente reductor del 0,055 por dicha cuota.

b) Para las contingencias profesionales, el 1,30 por ciento, del que el 0,66 por ciento corresponde a la contingencia de incapacidad temporal y el 0,64 a las de incapacidad permanente y muerte y supervivencia.

Las personas trabajadoras incluidas en este régimen especial que no tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales efectuarán una cotización adicional equivalente al 0,10 por ciento aplicado sobre la base de cotización elegida, para la financiación de las prestaciones previstas en los capítulos VIII y IX del título II del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

c) Para el mecanismo de equidad intergeneracional, se aplicará el tipo del 0,6 por ciento sobre la base de cotización por contingencias comunes.

Bases de cotización:

La base de cotización de las personas trabajadoras que a 31 de diciembre de 2022 hubiesen solicitado un cambio de su base de cotización con efectos desde el 1 de enero de 2023 será la solicitada siempre que se encuentre en alguno de los tramos de las tablas y cumpla lo establecido en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para las personas trabajadoras por cuenta propia o personas autónomas y se mejora la protección por cese de actividad.

Aquellas personas trabajadoras que hubieran solicitado la actualización automática de su base de cotización, su base de cotización a partir de 1 de enero de 2023 será la de 31 de diciembre de 2022 incrementada en un 8,6 por ciento, siempre que se encuentren en alguno de los tramos de las tablas del apartado 1 y cumplan lo establecido en el RealDecreto-ley13/2022, de 26 de julio.

Los familiares de la persona trabajadora autónoma incluidas en este régimen especial al amparo de lo establecido en el artículo 305.2.k), las personas  trabajadoras autónomas incluidos en este régimen especial al amparo de lo establecido en las letras b) y e) del artículo 305.2, así como a las personas trabajadoras autónomas, a los que se refiere la regla 5.ª del artículo 308.1.c), artículos todos ellos del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, no podrán elegir una base de cotización mensual inferior a 1.000 euros durante el año 2023, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria séptima del Real Decreto-ley13/2022, de 26 de julio. La aplicación de la base de cotización de 1.000 euros se aplicará una vez que se acrediten los 90 días a los que se refiere la regulación legal, conforme al artículo 308.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Las personas trabajadoras autónomas que a 31 de diciembre de 2022 vinieren cotizando por una base de cotización superior a la que les correspondería por razón de sus rendimientos podrán mantener durante el año 2023 dicha base de cotización, o una inferior a esta, aunque sus rendimientos determinen la aplicación de una base de cotización inferior a cualquiera de ellas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria sexta del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.

COTIZACIÓN PARA DESEMPLEO, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Bases y tipos de cotización

La base de cotización para Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional será la correspondiente a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Con independencia de su inclusión en la base de cotización por desempleo, en el cálculo de la base reguladora de la prestación se excluirá la retribución por horas extraordinarias.

Desempleo

Contratos de duración determinada

Transformación de contrato de duración determinada en contratación de duración indefinida: se aplicará el tipo de cotización correspondiente desde el día de la fecha de la transformación.

Fondo de Garantía Salarial: el 0,20 por 100 a cargo de la empresa.

Formación Profesional: el 0,70 por 100, del que el 0,60 por 100 será a cargo de la empresa y el 0,10 por 100 a cargo de la persona trabajadora.

COTIZACION EN LOS SUPUESTOS DE CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL
Bases de cotización
La cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial, se efectuará en razón de la remuneración efectivamente percibida en función de las horas trabajadas en el mes que se considere.
Base mínima de cotización mensual
La base mínima mensual de cotización será el resultado de multiplicar el número de horas realmente trabajadas por la base horaria que se establece a continuación.
Bases mínimas por horas

Cotización en la situación de pluriempleo

Cuando la persona trabajadora preste sus servicios en 2 o más empresas en régimen de contratación a tiempo parcial, cada una de ellas cotizará en razón de la remuneración que le abone. Si la suma de las retribuciones percibidas sobrepasa el tope máximo de cotización, éste se distribuirá en proporción a las abonadas a la persona trabajadora en cada una de las empresas.

CUOTA EMPRESARIAL POR CONTINGENCIAS COMUNES EN LOS CONTRATOS TEMPORALES DE CORTA DURACIÓN

A partir del 1 de enero de 2023, los contratos de duración determinada inferior a 30 días tendrán una cotización adicional de 29,74 euros a cargo de la empresa a la finalización del mismo.

COTIZACIÓN EN LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN
Determinación de las cuotas
La cotización consistirá en una cuota única mensual:
COTIZACIÓN EN LOS SUPUESTOS DE ABONO DE SALARIOS CON CARÁCTER RETROACTIVO

Cuando hayan de abonarse salarios con carácter retroactivo, el ingreso de las liquidaciones que hayan de efectuarse a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, como consecuencia de los mismos, se  realizarán en los plazos señalados en el artículo 56.1.c del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

El ingreso se efectuará mediante la correspondiente liquidación complementaria, a cuyo fin se tomarán las bases, topes, tipos y condiciones vigentes en los meses a que los citados salarios correspondan.

De igual forma se liquidarán aquellas gratificaciones que no puedan ser objeto de cuantificación anticipada total o parcialmente.

Cuando la retribución tenga como causa el abono de «vacaciones devengadas y no disfrutadas» y que sean retribuidas a la finalización de la relación laboral serán objeto de liquidación y cotización complementaria a la del mes de la extinción del contrato.

La liquidación y cotización complementaria comprenderán los días de duración de las vacaciones aun cuando alcancen también el siguiente mes natural o se inicie una nueva relación laboral durante los mismos, sin prorrateo alguno y con aplicación, en su caso, del tope máximo de cotización correspondiente al mes o meses que resulten afectados.

ENTRADA EN VIGOR

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con efectos desde el día 1 de enero de 2023.
Para cualquier duda o aclaración complementaria, puedes dirigirte a la Asesoría Jurídico Laboral de la Asociación.

Privacidad en sistemas de denuncia o ‘whistleblowing’

La normativa permite la puesta en marcha de sistemas de denuncia en las organizaciones respetando una serie de principios básicos de protección de datos

Los sistemas de denuncia o ‘whistleblowing’, en su término inglés, son un  instrumento para poner de manifiesto la comisión de actos o conductas contrarios a la ley o al convenio colectivo dentro de las compañías o en la actuación de terceros que contraten con ellas. Estos sistemas suelen configurarse mediante la creación de buzones internos, generalmente online, a través de los cuales los trabajadores pueden comunicar este tipo de situaciones.

La normativa de protección de datos permite la puesta en marcha de estos sistemas siempre que se respeten una serie de principios básicos. La propia Agencia, dentro de los compromisos recogidos en su Marco de Actuación de Responsabilidad Social y lo dispuesto en su Código Ético, puso en marcha un canal de denuncia.

Si queremos poner en marcha un sistema de denuncias en nuestra empresa u organización deberemos prestar atención a los siguientes aspectos básicos relacionados con la privacidad:

Informar a los trabajadores
Es primordial que los trabajadores estén informados de la existencia del sistema de denuncias y del tratamiento de los datos que conlleva la formulación de una denuncia. Se puede comunicar directamente en el contrato de trabajo; individual o colectivamente al implementar o modificar el sistema, o mediante circulares informativas al personal y a sus representantes.

Respetar el principio de proporcionalidad y limitación de la finalidad
Las denuncias deberán hacer referencia únicamente a supuestos en que los hechos o actuaciones tengan una efectiva implicación en la relación entre la empresa y el denunciado y, del mismo modo, la información obtenida por esta vía no podrá usarse con una finalidad distinta a la prevista para la puesta en marcha del sistema.

Protección de los datos del denunciante
La ley permite los sistemas de denuncia anónima pero, en el caso de que esta no lo sea, la información del denunciante debe quedar a salvo y no facilitar su identificación al denunciado. Esto implica implementar medidas reforzadas de seguridad y confidencialidad de la información.

Limitación del acceso a la información
El acceso debe limitarse exclusivamente a quienes desarrollen las funciones de control interno y de cumplimiento o al encargado del tratamiento designado a tal efecto. Solo será lícito el acceso de otras personas o su comunicación a terceros, cuando resulte necesario para la adopción de medidas disciplinarias o la tramitación de los procedimientos judiciales que, en su caso, procedan.

Conservación y eliminación de los datos
Los datos deben conversarse solo el tiempo necesario para la investigación de los hechos, a no ser que de aquella se desprenda la adopción de determinadas medidas  contra el denunciado, en cuyo supuesto sería posible conservar los datos por un plazo superior. En todo caso, los datos deben suprimirse transcurridos tres meses desde su introducción en el sistema de denuncias.

Derechos de protección de datos
Deberán garantizarse los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición del denunciado, sin que ello implique revelar la identidad del denunciante.  El denunciado debería poder conocer en el menor tiempo posible el hecho que se le imputa a fin de poder defender debidamente sus intereses, por lo que esta información debe facilitársele tras un tiempo prudencial en que se lleve a cabo la investigación preliminar de los hechos.

Puedes ampliar la información sobre privacidad, sistemas de denuncia y otras cuestiones relacionadas con el entorno laboral en la guía La Protección de Datos en las Relaciones Laborales de la Agencia’.

Fuente: AEPD


Nueva edición SÍPAPEL

Nueva edición de SÍ PAPEL, la cadena de valor del papel celebra su cita anual

SÍPAPEL, organizado por ASPAPEL y en colaboración con las organizaciones que configuran la cadena de valor del papel (industria papelera, industria del cartón, industrias transformadoras, impresores, editores, artes gráficas y empresas recuperadoras de papel, cartón y envases), ha tenido lugar en el Auditorio del Museo Nacional Reina Sofía de Madrid, bajo el marco de #SÍpapel.
Durante el evento, conducido por la periodista Marta Reyero y que ha contado con la actriz Eva Ugarte como la voz narrativa de los microrrelatos del papel, se han abordado las temáticas de la Sostenibilidad y la Innovación, dos pilares fundamentales sobre los que la cadena de valor del papel construye su futuro, haciendo honor a un material que por su versatilidad y su comportamiento medioambiental está protagonizando un creciente proceso de sustitución de otros materiales.
Para profundizar en estos dos puntos, ASPAPEL ha contado con las intervenciones de Ana Gascón, directora de Estrategia de Sostenibilidad de Envases para Europa en The Coca-Cola Company, quién ha recalcado que “como industria, nuestra responsabilidad es seguir garantizando la seguridad de los envases y, al mismo tiempo, apostar por la innovación y el ecodiseño para que esos envases sean cada vez más sostenibles. En ese proceso, el cartón y el papel tienen actualmente un rol protagonista”.
Por su parte María Albalá, directora del HUB de Innovación de ESIC, ha señalado que “la innovación es un punto clave, no solo para las compañía e instituciones españolas, sino a nivel mundial. Durante los últimos años, y en un contexto tan complejo como el que vivimos, esta necesidad se ha hecho más palpable. Muchas organizaciones han comprobado como aquellas iniciativas que se han liderado desde la innovación servían especialmente para resolver retos que, de otro modo, no se hubieran podido materializar de una forma tan rápida y ágil”.

Premios Valores del Papel
Durante #SÍpapel, además, se ha celebrado la VI Edición de Los Premios "Los Valores del Papel”, que están destinados a galardonar a personas o empresas, que desarrollen actividades o iniciativas relacionadas con los valores del papel, poniendo el foco en cinco atributos característicos de esta materia, que son los que engloban los cinco grandes premios.
Los premiados de este año han sido El Museo Nacional del Prado con el Premio Valioso, por su exposición “El maestro del papel. Castillas para aprender a dibujar de los siglos XVII al XIX”, en la que el papel da soporte a este instrumento formativo de gran valor artístico; la Fundación Prodis con el Premio Natural por los elementos que desarrollan en papel dentro de su Centro Especial de Empleo; Unilever con el Premio Renovable por su decidida apuesta por la sostenibilidad y la circularidad en sus envases y especialmente en sus nuevos envases circulares y envases compostables Carte D’Or hechos de cartón recubierto de biopolímero; Ariel con el Premio Innovador por su apuesta de sustitución y compromiso de conseguir de Ariel PODS envases que sean reciclables, reutilizables o compostables, con utilización segura e información integral; y Santiago Muñoz Machado, director de la Real Academia Española, con el Premio Especial por su trayectoria intelectual con más de cincuenta libros publicados, que incluyen obras de carácter jurídico, estudios históricos, ensayos y narraciones.

Además de su amplia bibliografía, reconocida con galardones como el Premio Nacional de Historia de España o el Premio Nacional de Literatura en la modalidad de Ensayo, el Jurado ha destacado su labor como director de la Real Academia Española.

Esta edición supone el culmen de las dos anteriores, #Repapel en 2018, que marcó las claves que definen a este sector (Reindustrialización, Reinversión, Resiliencia, Renovabilidad y Reciclabilidad); y #DIpapel en 2019, donde se puso de manifiesto la importancia para el futuro de la economía de la cadena del valor del papel.


Informe Económico del sector de la Comunicación Gráfica 2023

El 23 de marzo de 2023 neobis presentó una nueva edición del informe anual sobre la situación económica y financiera del sector

El Informe muestra cómo se retoma la tendencia existente antes de la crisis sanitaria motivada por el Covid. Si sólo realizamos la comparativa con 2020 obtenemos una visión distorsionada de la realidad, por lo que hemos de llevar la referencia dos años atrás para sacar conclusiones más realistas.

La facturación total de 2021 cayó un 12,33% respecto de 2019. Se cierra 2022 con 284 empresas activas menos y el sector se sigue comportando con una clara asimetría, dependiendo del nicho de mercado en que cada empresa desarrolla su actividad.

En materia de empleo, en 2022 la afiliación creció un 1,55% superándose las 72.000 personas. Este dato hay que vincularlo con la dificultad que tienen muchas empresas a la hora de afrontar el relevo generacional y con que la edad media de la persona trabajadora está muy cercana ya a los 50 años. Este problema no es exclusivo de la comunicación gráfica, sino de la industria en general. La temporalidad en el sector es prácticamente residual.

En el informe se aprecia que el endeudamiento medio ha crecido ligeramente y los fondos propios se mantienen.

Si nos centramos en los subsectores, pese a que impresión comercial abarca cuantitativamente casi dos tercios del sector, podemos afirmar que cada uno de ellos, de manera individual, atraviesa realidades y circunstancias muy diferentes. Como se ha indicado anteriormente, las comparativas se han realizado, principalmente, respecto del año anterior a la pandemia.

En el sector de impresión comercial los ingresos cayeron respecto de 2019 un 3,39 por 100. La rentabilidad y el margen de beneficio prácticamente se equiparan a los existentes antes del Covid. Destacar que 50 empresas concentran más del 50% de los beneficios. Se ha producido un ligero aumento del endeudamiento.

En el sector del libro, respecto de 2019 los ingresos se han reducido un 6,6%. Este sector camina claramente hacia la concentración, como indica el hecho de que 15 empresas concentran cerca del 75% de los ingresos.

En el sector de etiquetas encontramos que prácticamente todos los indicadores de 2021 mejoran los de 2019; la facturación se incrementa un 7,37%. Mejora la rentabilidad y el margen de beneficio, si bien 35 empresas concentran casi el 75% de los beneficios.

Las empresas de packaging aumentan sus ingresos en 2021 un 9,59% respecto de 2019. La mayoría de las empresas analizadas declaran beneficios, pero 15 empresas concentran el 80% de los mismos. Es el sector que, en proporción, más empleo ha creado. Aumenta el endeudamiento.

Las empresas de impresión digital de gran formato vieron reducidos sus ingresos en más de un 10% respecto de 2021; no se alcanzan los porcentajes de 2019 respecto de rentabilidad ni márgenes de beneficio. Fue el sector que más aumentó el endeudamiento en 2020 y se mantiene en 2021. El empleo cae un 9%.

El sector de la encuadernación presenta un 30% de empresas que declaran resultados negativos. Los ingresos de 2021 caen un 12% respecto de los 2019 y los resultados lo hacen más de un 24%. Cae el empleo y se mantiene el endeudamiento.

La conclusión del informe es que el sector continúa reestructurándose y el número de empresas es menor, aunque también es cierto que las empresas en quiebra sólo representan el 3,68 por 100 de los ingresos totales. Desciende el número de empresas de menor facturación y aumenta el de  mayor facturación.

Podemos afirmar que se están superando los efectos de la crisis sanitaria y que se retoma la tendencia iniciada en 2014. A futuro, hemos de estar atentos a los efectos del incremento de la inflación y de los tipos de interés, a la volatilidad de las diferentes previsiones de los indicadores económicos (incertidumbre), a la automatización de los procesos, a los continuos cambios normativos, a la presión fiscal al alza y a la dificultad de encontrar determinados perfiles profesionales.

https://youtu.be/dQgoJb9nxkw

Autor: José Antonio Pompa Garayzábal, Secretario General de neobis.


Servicio de impresión, ensobrado y entrega de facturas y comunicados a las empresas encargadas de reparto, Córdoba

El Boletín Oficial de la Unión Europea publica el anuncio de licitación de servicio de impresión, ensobrado y entrega de facturas y comunicados a las empresas encargadas de reparto

Breve descripción:

Servicio de impresión, ensobrado y entrega de facturas y comunicados a las empresas encargadas de reparto.

Valor total estimado

Valor IVA excluido: 66 038.52 EUR
Información relativa a los lotes
El contrato está dividido en lotes: no
Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participación

Fecha: 27/04/2023
Hora local: 14:00

Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones

El BOE del 17 de marzo publica el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones

Este Real Decreto-Ley tiene como objetivo fundamental reformar el sistema público de pensiones mediante la inclusión de recargos adicionales en las cotizaciones empresariales.

La mencionada Ley entra en vigor el 1 de abril de 2023, con algunas excepciones.

A continuación, procedemos a destacar los contenidos que consideramos más importantes para el ámbito laboral:

En relación a las normas de cotización:

 

  • El tope máximo de las bases de cotización será actualizado de manera anual en relación al IPC. Independientemente, desde 2024 hasta el año 2050 se incrementará dicha base máxima, con una cuantía fija anual de 1,2 puntos porcentuales.
  • Se incluye una “cotización adicional de solidaridad”, cuando se perciban retribuciones superiores a la base máxima. Dicha cuota varía en función del exceso sobre la base máxima, estableciéndose tres tramos de rendimientos a los que corresponde un tipo de cotización progresivo (Se incrementará desde el año 2025 hasta alcanzar en 2045 el tipo definitivo).
  • El Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que entró en vigor el pasado 1 de enero, que supone una cotización adicional de 0,6 % (0,5 % a cargo de la empresa y el 0,1 % a cargo de las personas trabajadoras), pasará en 2029 a ser del 1’2 % incrementándose una décima por año (siendo un 1,0 % a cargo de la empresa y un 0,2 % a cargo de las personas trabajadoras).
  • Se determina la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas dentro de programas de formación (incluyendo las realizadas por alumnos universitarios y de formación profesional). Estas personas, quedarán comprendidas como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social. En el caso de prácticas remuneradas, el ingreso de las cuotas será a cargo la entidad u organismo que financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de empresario. Si se tratan de prácticas no remuneradas, corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa.

 

En relación a las modificaciones en los procesos de Incapacidad Temporal:

 

  • El agotamiento del plazo de 365 días sin emisión de alta médica, supondrá el pase de forma automática a la prórroga de incapacidad temporal, sin necesidad de declaración expresa.
  • Se establece el mantenimiento de la colaboración obligatoria en el pago de la prestación durante la prórroga de la incapacidad temporal, hasta la notificación del alta médica del trabajador por curación, mejoría o incomparecencia, hasta el último día del mes en que el INSS emita el alta médica por propuesta de incapacidad permanente, o hasta el cumplimiento de los 545 días, finalizando en todo caso en esta fecha.

 

Por último, en cuanto a las pensiones:

 

  • Se incrementarán las pensiones máximas año a año, con la cuantía anual del IPC, al que se le sumará un incremento adicional de 0’0115% hasta 2050.
  • Quién solicite la pensión de jubilación podrá elegir el periodo de cómputo de la misma. Así se permite escoger entre dos posibilidades (a partir del 2026): o los 29 últimos años (descartando los peores 2 años); o bien, los últimos 27 años.

 

Recuerda que tienes a tu disposición la asesoría jurídico laboral de la Asociación para cualquier duda que te pueda surgir.


Privacy Preference Center