¿Y qué hacemos con el plástico?

Seis millones de kilómetros cuadrados. Esa es aproximadamente la medida de la isla de plástico del Océano Pacífico, que de acuerdo a un informe de Nature® acumula ya 1,8 billones de piezas de plástico.

Y no es la única que existe, tanto en el mar Mediterráneo como en otros mares europeos se acumulan ya más de 70.000  toneladas de microplásticos.

¿Y qué armas presenta Europa para combatir este problema? Actualmente contamos con la Estrategia Europea del Plástico, cuyo principal objetivo es que “En 2030, todos los plásticos sean reutilizables o reciclables”.

Esta estrategia contempla 4 líneas de acción tanto a nivel gubernamental como del sector privado:

  • Mejorar los aspectos económicos y de calidad del reciclado de plásticos
  • Frenar la generación de residuos plásticos y su abandono en el medio ambiente
  • Orientar las inversiones y la innovación hacia soluciones circulares
  • Aprovechar la acción global

A su vez esas líneas de acción contienen planes para el desarrollo de estándares de calidad para los plásticos clasificados y para plásticos reciclados, para favorecer el plástico reutilizable y reciclable en la compra pública, realizar mejoras en el seguimiento y mapeo de la basura marina, evaluar el establecimiento de sistemas de devolución-retorno (SDDR) para envases de bebidas y mejorar el uso de la compra pública verde para fomentar la prevención y el reciclado. También se incluyen acciones fuera del territorio de la UE como el desarrollo de proyectos en regiones críticas (Este y Sur de Asia) para mejorar los modelos de producción y consumo, y la correcta gestión de residuos.

¿Qué requisitos legales se han desarrollado en este sentido?

El principal instrumento legal desarrollado para esto es la “Directiva (UE) 2019/904, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la reducción de determinados productos de plástico.

Nace con la finalidad de prevenir y reducir los residuos plásticos en el mar procedentes de plástico de un solo uso y de artes de pesca que contienen plástico, completando así otras medidas ya en activo, como las dirigidas a reducir el consumo de bolsas de plástico.

Es una Directiva, por lo que se debe transponer a nivel estatal en cada país miembro de la UE. En España su transposición se hará en un título específico de la nueva Ley de Residuos.

Bajo su ámbito de aplicación quedan los productos de plástico (total o parcial) de un solo uso, los artículos de otros materiales con película de plástico, los productos de plástico oxodegradables y los equipos de pesca.

¿Se van imponer restricciones de uso a productos de plástico?

Sí, a partir del 3 de julio del 2021, se prohíbe la venta de productos hechos de plástico oxodegradable, de bastoncillos de los oídos, de cubiertos, platos y pajitas, y agitadores bebidas entre otros.

Además, se exigirá marcado informativo, al estilo del tabaco, sobre los siguientes productos:

  • Compresas, tampones higiénicos y aplicadores de tampones.
  • Toallitas húmedas, es decir, toallitas prehumedecidas para higiene personal y para usos domésticos.
  • Productos del tabaco con filtros y filtros comercializados para utilizarse en combinación con productos del tabaco.
  • Vasos para bebidas.

Otro punto destacable de la directiva es que establece limitaciones en el diseño de algunos productos, por ejemplo, desde 2025 botellas de polietileno (PET) deberán contener al menos el 25 % de plástico reciclado y desde 2030 todas las botellas deberán contener al menos el 30%.

¿Será esto suficiente? Solo el tiempo lo dirá.

Sergio Ródenas

Consultoría Medio Ambiente