Firma del Convenio Colectivo Estatal de Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulados de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares
En la mañana de hoy se ha firmado el acuerdo para el nuevo texto del CONVENIO COLECTIVO DE ARTES GRÁFICAS, MANIPULADOS DE CARTÓN, MANIPULADOS DE PAPEL, EDITORIALES E INDUSTRIAS AUXILIARES, siendo la duración hasta el día 31 de diciembre de 2022.
Se inicia el procedimiento para la publicación del Convenio Colectivo en el Boletín Oficial del Estado.
Planes de Igualdad efectiva de mujeres y hombres
El artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2017, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, "Se trata de un conjunto de medidas que pueden incidir sobre acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo y prevención contra el acoso"
¿Qué empresas están obligadas a elaborar e implantar un plan de igualdad?
Dado que el Convenio Colectivo del sector no impone la obligación a las empresas por él afectadas, es aplicable la modificación llevada a cabo por el RDL 6/2019.
Se establece una obligación escalonada en el tiempo, atendiendo al número de trabajadores que tenga la empresa:
- Las empresas con un número de trabajadores entre 151 y 250 estarán obligadas a elaborar e implantarlo a partir del 7 de marzo de 2020.
- Las empresas con un número de trabajadores entre 101 y 150 estarán obligadas a elaborar e implantarlo a partir del 7 de marzo de 2021.
- Las empresas con un número de trabajadores entre 50 y 100 estarán obligadas a elaborar e implantarlo a partir del 7 de marzo de 2022.
¿Cómo se elabora e implanta un plan de igualdad?
Dispone la norma que los planes de igualdad contendrán un conjunto de medidas evaluables dirigidas a superar los obstáculos que estén impidiendo la igualdad efectiva de mujeres y hombres en la empresa.
Lo primero que ha de realizarse es un diagnóstico, en el que han de participar los representantes legales de las personas trabajadoras, que abordará, al menos, las siguientes materias:
- Proceso de selección y contratación
- Clasificación profesional
- Formación
- Promoción profesional
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
- Infrarrepresentación femenina
- Retribuciones
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo
Existe la obligación de inscribir los planes que se elaboren en un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, el cual todavía no está operativo y ha de ser regulado por la norma correspondiente.
El incumplimiento de las obligaciones en materia de planes y medidas de igualdad supone una infracción grave sancionada con multa de 626 a 6.250 euros.
¿Qué establece el Convenio Colectivo del sector al respecto?
El nuevo Convenio Colectivo ha creado una comisión de trabajo en materia de igualdad, teniendo como finalidad trabajar en la elaboración de un documento de plan de igualdad sectorial para que las empresas del sector que, estando obligadas a elaborarlo y aplicarlo, y no disponiendo de uno específico, lo puedan tener como referencia.
José Antonio Pompa, Director Consultoría Jurídico-Laboral neobis
Firma del Convenio Colectivo Estatal de Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulados de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares
En el día de hoy se ha firmado el Convenio Colectivo Estatal de Artes Gráficas, Manipulados de Papel, Manipulados de Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares por la representación empresarial, formada por FEIGRAF, AFCO y la FEDERACIÓN DE GREMIOS DE EDITORES DE ESPAÑA, y las organizaciones sindicales CCOO y UGT. El sindicato gallego CIGA no ha firmado.
En este nuevo texto se ha incorporado lo pactado en el preacuerdo y, además, se ha modificado la redacción incorporando, en la medida de lo posible, un lenguaje inclusivo.
Tanto la Comisión Mixta como la Comisión de Igualdad seguirán reuniéndose con la finalidad de llevar a cabo los trabajos de su competencia.
El nuevo Convenio Colectivo Estatal se registrará para su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Publicado el nuevo Convenio Colectivo de Artes Gráficas
FEIGRAF, Federación Empresarial de Industrias Gráficas de España, firmó el pasado mes de noviembre el texto del nuevo Convenio Colectivo estatal de Artes Gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018.
A continuación se resumen las principales novedades de este nuevo Convenio Colectivo de Artes Gráficas publicado en el B.O.E. el 19 de enero de 2018.
- DURACIÓN
La duración del Convenio Colectivo será de 2 años, 2017 y 2018.
- CESES
Se incrementa de uno a dos meses el preaviso que han de dar los directivos, jefes de taller, jefes técnicos, jefes de sección, jefes de administración y técnicos cualificados; los jefes de equipo deberán de preavisar con un mes.
- INCREMENTO SALARIAL
El salario base vigente a partir del 1 de noviembre de 2017 se calcula incrementando un 1,2 por 100 el salario base vigente desde el 1 de enero de 2016 para cada uno de los niveles salariales.
Respecto de 2018 el salario a partir del 1 de enero es el resultante de incrementar un 1,5 por 100 el salario vigente el 31 de diciembre de 2017.
La cantidad correspondiente al aumento lineal del convenio se incrementará de igual forma a lo indicado en los párrafos anteriores.
Finalmente se acordó que las empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo tendrán que abonar desde la firma del mismo a sus trabajadores un pago único, no consolidable y no absorbible, de 150 euros brutos; tan sólo podrán descontarse de la misma las cantidades que se hayan abonado a cuenta de la posible subida que tuviese el salario en 2017.
- PERMISOS RETRIBUIDOS
Hasta ahora, el permiso previsto para los supuestos de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, así como los casos de fallecimiento, el permiso sólo podía disfrutarse en supuesto de familiares hasta segundo grado de consanguinidad (hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos, tíos) o afinidad, para cual era necesario un vínculo matrimonial (padres del cónyuge, abuelos del cónyuge, etc).
Ahora el permiso también se podrá disfrutar en supuestos de parejas de hecho, pero siempre que las mismas estén debidamente inscritas en los registros legalmente previstos.
La otra novedad en esta materia es la posibilidad de que en los casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, los trabajadores puedan hacer uso de esta licencia mientras dure la situación que la originó.
- FALTAS Y SANCIONES
Se incorpora la siguiente falta grave: “La no utilización de los equipos de protección individual entregados por la empresa, así como la alteración de los sistemas de seguridad incorporados a las máquinas, atendiendo a la evaluación de riesgos y planificación en materia de prevención de riesgos laborales”.
- PROTOCOLO DE ACOSO
Se prevé un protocolo para aplicar en supuestos de denuncia, pero siempre que la empresa no disponga de uno propio.
Convenio Colectivo Estatal de Artes Gráficas, Manipulados de Papel y Cartón, Editoriales e Industrias Auxiliares
Como ya os contamos, el pasado 26 de mayo se firmó el Convenio Colectivo Nacional que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016. A los asociados de AGM, os adelantamos los cambios y las novedades del texto así como los incrementos salariales ya analizados.
Dichos cambios están publicados desde el 15 de julio en el Boletín Oficial del Estado, donde se publica y se registra el Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares.
Aquí os dejamos en enlace al BOE para que os podáis descargar y consultar el Convenio Colectivo.
Visto el texto del Convenio colectivo estatal de artes gráficas, manipulados de papel, manipulados de cartón, editoriales e industrias auxiliares (código de convenio número 99000355011982), que fue suscrito con fecha 26 de mayo de 2015, de una parte, por las organizaciones empresariales FEIGRAF, AFCO y Gremio de Editores, en representación de las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos FES-UGT y FSC-CC.OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Empleo resuelve: Primero. Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora. Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Artículo 1.1 Ámbito territorial. El presente Convenio es de aplicación obligatoria en todo el territorio del Estado Español.
Artículo 1.2 Ámbito funcional. Dentro del ámbito enunciado en el artículo 1.1, la aplicación del Convenio será obligatoria para todas las Empresas, Entidades o Instituciones, públicas o privadas, y para los trabajadores de las mismas, cuando aquéllas se dediquen a las actividades de Artes Gráficas y sus Industrias Auxiliares, Manipulados de Papel y Cartón y Editoriales.
Firma Convenio Colectivo Nacional de Artes Gráficas
En el día de hoy, martes 26 de mayo, se ha procedido a firmar el texto definitivo del Convenio que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016.
En el mismo acto se ha autorizado a los secretarios de actas para que realicen los trámites necesarios para su definitiva publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Tras la firma, el presidente de Feigraf, Eladio Muñoz, ha agradecido a la representación de los trabajadores y a la de los empresarios el esfuerzo realizado para hacer posible que el sector de la Industria Gráfica siga siendo un sector regulado. Circunstancia esta, comentó el presidente, “que opera en beneficio de todos los trabajadores y de las empresas del sector”.
Los representantes de los sindicatos CCOO y UGT celebraron igualmente que el texto definitivo pueda seguir preservando ese mínimo de regulación que todo sector necesita, con la esperanza de que en la próxima negociación la recuperación económica sea un hecho.
Como es habitual, las empresas pertenecientes al servicio de nóminas de la Asociación tendrán actualizado el Convenio en tiempo y forma desde este próximo mes de junio. Para cualquier duda, nuestras empresas tienen como siempre la Asesoría Jurídica a su disposición.